A partir del 15 de enero de 2015, debe presentar obligatoriamente su factura en formato Factura-e si se encuentra dentro de una de las categorías de proveedores obligados por la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica (Ver art. 4) .
Están eximidas de esta obligación las facturas con importe inferior a 5000 €.
Las facturas no afectadas por esta obligación podrán seguir presentándose en papel.
Para aquellos casos en los que todavía se admite la presentación de facturas en formato papel, también tiene la posibilidad de presentar sus facturas a través del Registro Electrónico firmadas electrónicamente en PDF.
Todas las facturas que remita a esta administración (incluidas las que presente en papel), deberán incluir la siguiente codificación (Códigos DIR3):
Código de Entidad: L01501627
Descripción: Ayuntamiento de Mara
Órgano de tramitación: L01501627
Descripción: Ayuntamiento de Mara
Oficina contable: L01501627
Descripción: Ayuntamiento de Mara
Órgano proponente: L01501627
Descripción: Ayuntamiento de Mara
Puede remitir sus facturas en formato Factura-e a través de esta Sede Electrónica.
Su presentación tendrá efectos de registro administrativo y al finalizar obtendrá un acuse de recibo que acredite la fecha y hora de presentación. Por favor, no remita copia de su factura en papel si utiliza este medio de presentación.
Además podrá consultar el estado de su tramitación través de la carpeta virtual.
Igualmente se encuentra habilitado un sistema de comunicación a través de servicios web que da la posibilidad a los proveedores de integrar sus sistemas contables para poder realizar el envío automático de sus facturas electrónicas.
Si está interesado en hacer uso de este servicio, puede ponerse en contacto con nosotros llamando al teléfono 976 300 110 y le informaremos de los pasos a seguir.
¿Cómo puedo anular una factura?
Puede solicitar la anulación de una factura presentada en esta administración a través de la opción "Solicitar anulación" disponible en su Carpeta electrónica dentro del listado de facturas.